La conferencia del presidente Andrés Manuel López Obrador del 9 de abril sí constituyó propaganda gubernamental en período prohibido así lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles la sentencia de su Sala Especializada.
Se debe sancionar a Jesús Ramírez, coordinador de Comunicación Social, y a Erwin Neumaier, titular del Centro de Producción de Programas Informáticos y Especiales (Cepropie).
Al primero de ellos por hacer la logística de la conferencia y subirla a redes sociales, y al segundo por generar la señal satelital y ponerla sin restricción alguna a disposición de los medios de comunicación.
Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF resolvió que dichos funcionarios incurrieron en una falta electoral catalogada como grave ordinaria, por lo que el Órgano Interno de Control de la Presidencia debe sancionarlos.
En la citada conferencia, el presidente López Obrador resaltó las acciones gubernamentales que se han llevado a cabo y las que se realizarían en materia de pensiones para las personas adultas mayores.
Además, el mandatario contrastó la actual situación del robo de combustible con la del gobierno anterior y mencionó que las acciones gubernamentales llevadas a cabo han tenido como consecuencia la disminución de este delito.
Con ello, se establece en la sentencia, se transgredió el principio de imparcialidad y equidad en la contienda electoral.
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