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Buscan garantizar autonomía del Congreso de NL con cambios a la Ley del Periódico Oficial

📅 4 de agosto de 2026

En el marco de la conmemoración de los 200 años del Periódico Oficial del Estado (POE), la diputada local del PRI y presidenta de la Comisión Anticorrupción del Congreso, Armida Serrato Flores, presentó una iniciativa de reforma integral a la ley que regula el funcionamiento de dicho órgano de difusión. La propuesta busca brindar certeza jurídica, garantizar la autonomía del Poder Legislativo y asegurar el cumplimiento de plazos estrictos en las publicaciones oficiales.

Serrato Flores explicó ante la Oficialía de Partes que la iniciativa responde a la necesidad de impedir que trámites administrativos o determinaciones unilaterales del Poder Ejecutivo retrasen o frenen la promulgación de decretos y acuerdos aprobados por la soberanía del Congreso.

Delimitación de observaciones y plazo máximo de publicación

La legisladora señaló que el derecho de observación no debe utilizarse como un mecanismo de paralización de las facultades exclusivas de la Asamblea Legislativa. Recalcó que la actual administración estatal ha presentado oposición en más de 180 ocasiones a determinaciones del Congreso, a menudo sin sustento legal.

“El Ejecutivo no puede pretender tener derecho de veto sobre todo lo que decide el Congreso. Una cosa es participar en el proceso legislativo y otra muy distinta intentar frenar las facultades que la Constitución le otorgó exclusivamente al Poder Legislativo.

El Periódico Oficial es un servicio de interés público y no puede operar al capricho de una autoridad. Cuando se retrasa una publicación, no solamente se afecta al Congreso, también se afecta a los ciudadanos, a las instituciones y a quienes necesitan certeza jurídica”, afirmó la diputada.

Para subsanar el vacío normativo actual, la propuesta plantea establecer un plazo máximo de 20 días naturales para la publicación de los acuerdos emanados del Congreso local.

Puntos clave de la reforma a la Ley del Periódico Oficial:
• Plazo límite: Máximo de 20 días naturales para publicar acuerdos del Congreso.
• Modificaciones legales: Cambios a los artículos 2, 6, 12 Bis, 17, 22 Bis, 22 Bis 1 y 22 Bis 2.
• Nuevo apartado: Adición del Capítulo VI “De las Comunicaciones del Poder Legislativo” (Arts. 26 al 29).
• Sanciones y responsabilidad: Definición de consecuencias para funcionarios que incumplan órdenes de publicación.
• Digitalización: Transformación del sitio de un archivo en PDF a una plataforma interactiva de búsqueda y alertas.

Sanciones por omisión, horarios continuos y modernización digital

La iniciativa contempla modificar diversos artículos del ordenamiento e incorporar un capítulo específico para regular las comunicaciones entre poderes. Con ello se pretende atribuir responsabilidades administrativas a los servidores públicos encargados de procesar las órdenes de publicación e implementar procedimientos claros ante cualquier incumplimiento.

“No se trata de quitarle facultades al Ejecutivo; se trata de respetar las facultades de cada Poder. El Congreso tiene atribuciones que no pueden ser bloqueadas mediante un trámite administrativo o una interpretación política”, enfatizó Serrato Flores.

“No podemos seguir dejando en la ambigüedad quién recibe, quién notifica y quién debe cumplir. La ley tiene que establecer responsabilidades claras para que una resolución del Congreso no quede detenida en un escritorio”, puntualizó.

Asimismo, la reforma exige garantizar la continuidad del servicio en los módulos de atención —como el ubicado en el Pabellón Ciudadano— para evitar cierres o reducciones de horario. En materia tecnológica, propone la modernización de la plataforma digital del POE, pasando de ser un repositorio estático de documentos en PDF a una herramienta de consulta con buscador avanzado y sistema de notificaciones automáticas para los usuarios.

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