A partir de ya los concubinos o concubinas de los servidores públicos jubilados o pensionados, en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres sin distinción entre personas del mismo sexo o diferente sexo podrán ser beneficiarios de las prestaciones que reciba su pareja.
Esto luego de que la Suprema Corte de Justicia diera el fallo a favor de la Comisión Nacional de Derechos Humanos quien promovió una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 3, fracción IV, incisos a), b) y c) de la Ley del ISSSTELEON.
Y hoy por unanimidad, los legisladores locales de todas las fracciones parlamentarias (PAN, PRI, PT, Morena, Verde Ecologista, PANAL) aprobaran el dictamen presentado por la Comisión de Economía en el sentido de rechazar el veto aplicado a la citada Ley, del ISSTELEON por el gobernador Jaime Rodríguez Calderón.
En el dictamen al que le dio lectura el diputado Carlos Rafael Rodríguez Gómez en la tribuna legislativa determina que, por tratarse de un mandato de la Suprema Corte en términos de una igualdad de derechos, no podían priorizar las cuestiones presupuestales.
“Aunado a lo anterior, el Alto Tribunal reconoció la limitación de recursos disponibles para logar el pleno goce de los derechos sociales, lo cierto es que los Estados tienen obligaciones inmediatas por lo que respecta al derecho a la seguridad social.
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