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IEEPCNL Cumple con Orden del TEENL sobre Postulación de Candidaturas

10/03/2024

El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPCNL) ha respondido a la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL) con respecto a la postulación de candidaturas. En cumplimiento de lo dictaminado por el TEENL, el IEEPCNL ha comunicado a Guillermo Marcial Herrera Martínez, Modesto Melchor Álvarez y Sandra Magdalena Moreno Ortiz que es legalmente válido que un partido postule como candidato a una persona que previamente militó en otro partido, siempre y cuando renuncie a su militancia antes de ser postulado por el nuevo partido, independientemente de si lo hizo seis meses antes del inicio del proceso electoral actual.

Esta medida surge después de que el TEENL revocara el acuerdo IEEPCNL/CG/035/2024 e inaplicara con efectos generales el artículo 136, párrafo octavo de la Ley Electoral, argumentando que era contrario a la Constitución Federal, al no maximizar el derecho político-electoral de ser votado que asiste a las personas que deciden renunciar a su militancia para participar en un proceso interno y ser postuladas por un partido diferente.

En consecuencia, la sentencia derivada del Juicio de Inconformidad JI-013/2024 y acumulados deja sin efecto cualquier acuerdo o disposición reglamentaria que se oponga a lo determinado por el TEENL. Por lo tanto, en una sesión extraordinaria celebrada el 10 de marzo, el Instituto ordenó modificar los formatos de registro de candidaturas para adecuarlos a lo resuelto por el Tribunal.

Respuesta a Consulta sobre Notarías

En respuesta a consultas del Partido Acción Nacional (PAN) sobre las Notarías del Estado, el IEEPCNL informó que la regulación de las funciones del Notariado en Nuevo León corresponde al Ejecutivo del Estado, y que el Instituto no tiene la capacidad de garantizar la disponibilidad de servicios notariales para los partidos. Sin embargo, de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), las Notarías Públicas deben permanecer abiertas el día de la elección para atender solicitudes del funcionariado de casilla, representantes de partidos y ciudadanos, entre otros. El Instituto señaló que no tiene facultad para sancionar a las Notarías que se nieguen a prestar servicios electorales, pero sí puede iniciar procedimientos por denuncias interpuestas por faltas a la normatividad electoral. Además, aclaró que no puede asignar Notarías Públicas para dar servicio a los partidos con cargo a sus prerrogativas, ya que no puede modificar el financiamiento público de los partidos para este fin.

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