25 de junio de 2026
El Congreso del Estado de Nuevo León respondió a las interpretaciones surgidas tras la resolución emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre la postulación paritaria para la Gubernatura, al sostener que el proceso legislativo no está detenido por falta de trabajo del Poder Legislativo, sino por la ausencia de publicación de la reforma por parte del Ejecutivo estatal.
A través de un comunicado, el Congreso afirmó que la sentencia del máximo órgano jurisdiccional en materia electoral reconoce que el Poder Legislativo ya realizó las acciones que le correspondían dentro de su ámbito de competencia, por lo que rechazó los señalamientos de que haya incumplido con la obligación de legislar en materia de paridad.
Los legisladores explicaron que la reforma aprobada permanece pendiente de publicación por parte del Gobierno del Estado, situación que impide jurídicamente concluir el procedimiento legislativo. En ese contexto, señalaron que la propia Sala Superior establece que corresponde al Congreso recurrir a los mecanismos constitucionales disponibles para resolver esta controversia, cuya competencia recae en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El Poder Legislativo indicó que, una vez superado este obstáculo o en caso de que el Ejecutivo publique la reforma, podrá continuar con las etapas pendientes para concluir el proceso legislativo.
Asimismo, lanzó un llamado al Gobierno estatal para que publique tanto esta reforma como otras modificaciones aprobadas por el Congreso que aún no han sido promulgadas, al considerar que ello permitirá otorgar certeza jurídica y garantizar el funcionamiento institucional.
El Congreso advirtió que, si la falta de publicación persiste, promoverá los recursos constitucionales correspondientes ante la Suprema Corte con el propósito de salvaguardar sus facultades y asegurar el debido cumplimiento del proceso legislativo.
En el documento también se precisó que la resolución del Tribunal Electoral no ordena que los partidos políticos postulen en 2027 una candidatura de género distinto a la presentada en la elección de 2021, como se ha difundido en algunos espacios. Según el Congreso, la referencia al proceso electoral de 2027 únicamente establece el punto de partida para aplicar el principio de alternancia en elecciones posteriores.
De igual forma, aclaró que la sentencia no fija una fecha límite para aprobar la legislación en esta materia, por lo que consideró erróneo afirmar que el plazo vence el 8 de julio de 2027, especialmente porque la reforma no tendrá efectos en el siguiente proceso electoral inmediato.
Finalmente, el Congreso del Estado reiteró que continuará actuando conforme a sus atribuciones constitucionales, con apego al Estado de Derecho y en defensa de la legalidad, al tiempo que insistió en la necesidad de concluir el proceso legislativo mediante la publicación de la reforma pendiente.


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